Paro de los autónomos (cese de actividad)
Dinero cada mes si tienes que cerrar tu negocio o dejar de trabajar como autónomo sin quererlo. Estatal · Tu mutua colaboradora (o el SEPE o el ISM).
¿Me toca? Contesta unas preguntas Ver cómo se pide en mi comunidad
-
Paro de los autónomos (cese de actividad)
Dinero cada mes si tienes que cerrar tu negocio o dejar de trabajar como autónomo sin quererlo.Es el paro de los autónomos. Lo paga tu mutua si cierras sin quererlo.
¿Cuánto dan?
El 70 % de tu base de cotización media del último año, de 4 a 24 meses según lo cotizado.
¿Quién puede pedirla?
- Haber cotizado por cese de actividad los 12 meses seguidos de antes del cierre.
- Cerrar por pérdidas, deudas, fuerza mayor, violencia de género, divorcio u otro motivo que no dependa de ti.
- Estar al corriente de pago con la .
- No tener la edad de jubilación.
¿Cómo la pido? Paso a paso
- Mira en tus recibos qué tienes (la eliges al darte de alta). Si no tienes, lo lleva el .
- Date de baja como autónomo en Hacienda y en la Seguridad Social.
- Junta las pruebas del cierre: pérdidas, deudas, una sentencia, la orden de protección o el divorcio, según tu caso.
- Pide la en la web o en una oficina de tu mutua. Te dan un impreso de solicitud.
- Apúntate como .
Si no te manejas con internet, pide ayuda en los servicios sociales de tu ayuntamiento. Te ayudan gratis.
¿A quién llamo?
¿Qué papeles llevo?
- DNI o NIE. Tuyo y de las personas que viven contigo.
- Inscripción como demandante de empleo. Te la dan en la oficina de empleo de tu comunidad.
- Número de cuenta del banco (IBAN). Te lo da tu banco. La cuenta tiene que estar a tu nombre.
- Movimientos del banco de los 2 últimos meses. De todas las cuentas de las personas que viven contigo.
- ¿Cuándo la pido?
- Hasta el último día del mes siguiente al cierre. Si llegas tarde, cobras menos días.
- ¿Cuánto tardan? ¿Y si me dicen que no?
- La mutua contesta en unos 30 días. Si es «no», puedes reclamar a la mutua y después ir al juzgado.
Importante
- por cese de actividad es obligatorio desde 2019: casi todos los autónomos lo tienen.
Palabras difíciles de esta ayuda
- prestación
- Dinero (o un servicio) que da la Administración cuando cumples los requisitos.
- Seguridad Social
- El organismo del Estado que paga las pensiones, el IMV, el permiso por nacimiento y las bajas.
- SEPE
- Servicio Público de Empleo Estatal: paga el paro y los subsidios.
- mutua
- Una entidad que colabora con la Seguridad Social. Paga, por ejemplo, el paro de los autónomos y las bajas por accidente.
- demandante de empleo
- Estar apuntado en la oficina de empleo de tu comunidad como persona que busca trabajo.
- cotizar
- Pagar a la Seguridad Social mientras trabajas. Cuenta para el paro y la pensión.
Estatal · Tu mutua colaboradora (o el SEPE o el ISM)
Revisado en noviembre de 2026Ficha para guardar de Paro de los autónomos (cese de actividad)Web oficial (Seguridad Social: cese de actividad, se abre en otra pestaña)